La situación de aislamiento de los pacientes hospitalizados por Covid-19, cuyas visitas están prohibidas, unido al confinamiento al que se somete a sus familiares, crea una sensación de soledad y aislamiento afectivo, que puede contribuir al agravamiento de su salud.
Las iniciativas que acercan a los pacientes y a sus familiares o amigos llevadas a cabo por el personal sanitario, ponen de manifiesto el inmenso carácter humano del equipo sanitario, y contribuyen a mejorar el estado emocional de los pacientes.
Estas iniciativas no tienen por qué ir separadas del cumplimiento normativo, en especial cuando el respeto de las normas no obstaculiza la prestación sanitaria. Los hospitales y clínicas privadas deben contar formularios de hospitalización que prevean, entre otros aspectos, la posibilidad de que el paciente autorice a una o varias personas a recibir información sobre su estado de salud y localización. El contacto con los autorizados se podrá establecer presencialmente, telefónicamente, por videollamada o por cuantos medios permita la tecnología, a fin de cumplir la voluntad del paciente. En defecto de una autorización los hospitales no deberían ofrecer información a terceros, sean o no familiares, salvo en casos puntuales y justificados por sus circunstancias excepcionales de urgencia o intereses vitales. La mencionada autorización debe ser expresa y evidenciar una clara acción afirmativa e inequívoca del paciente. El medio de obtención de la autorización debe ser acreditable, ya sea porque se otorga el consentimiento por escrito, o por otra vía que pueda ser demostrada. En definitiva, es en todo momento el paciente quien debe controlar el uso que se realiza de sus datos personales, siempre que esté en condiciones de ejercer este control.
En situaciones de crisis, sabemos que es complicado exigir a los centros sanitarios que actúen de acuerdo con el Reglamento General de protección de datos (RGPD) y a la Ley 3/2018 de Protección de Datos (LOPD), pero debemos recordar que cuando pase la situación de emergencia, muchos errores se harán visibles y deberíamos estar preparados para afrontarlos.
Es importante destacar que en ocasiones el cumplimiento normativo es sumamente sencillo, y no resulta un freno para la prestación sanitaria. Esto es así porque los Hospitales por lo general ya cuentan con una hoja de ingreso que firman los pacientes o sus representantes legales para formalizar el proceso de hospitalización, siendo este un documento idóneo para que el paciente o su representante pueda otorgar su consentimiento respecto al uso de sus datos cuando éste resulte preceptivo. Es recomendable, por tanto, que en la hoja de ingreso o documento análogo se incluya la posibilidad de que paciente otorgue la autorización relativa a informar a terceros sobre su localización y estado de salud.
Las iniciativas de acercamiento entre pacientes y familiares ya existían antes del Covid-19 y deben necesariamente seguir existiendo, así como también debe existir un control documental y una responsabilidad activa del hospital o centro sanitario, en relación con la confidencialidad, tanto en situación de emergencia como en situación de normalidad.
Lilliam Valenzuela
Socia en Umbra Abogados
DPD Certificado