Con la reciente aprobación del Plan Integral de Inspección de Sanidad y los criterios de aplicación durante los años 2023 a 2025, mediante La Orden 187/2023, de 8 de febrero, cabe preguntarse: ¿Está preparada mi farmacia para afrontar con éxito una inspección de sanidad?
El plan integral de inspección de sanidad de la Comunidad de Madrid tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de los objetivos institucionales y las salvaguardas de los derechos de los usuarios velando por el cumplimiento de la normativa vigente que resulte aplicable al sector. El plan de inspección contiene todos aquellos aspectos que serán inspeccionados en los años siguientes especialmente en las oficinas de farmacia.
Lisset Castro, asesora especializada en Farmacia refiere que: “Resulta clave que el titular de farmacia conozca qué procedimientos o actuaciones estarán en el punto de mira de los inspectores en los próximos dos años, y realice una valoración de su nivel de cumplimiento a fin de mitigar el riesgo de sanciones”.
Así mismo, nos cuenta Lilliam Valenzuela, directora en Umbra Abogados, que “Este el momento de que la Farmacia debe realizar una autoinspección para conocer su nivel de cumplimiento, y corregir con urgencia aquellos incumplimientos que detecte”
A continuación, exponemos algunas de las cuestiones que serán objeto de especial seguimiento y control por parte de la autoridad sanitaria durante el presente año:
1. Programa de garantía de las instalaciones de las oficinas de farmacia, botiquines, depósitos de medicamentos y servicios de farmacia.
2. Programa de idoneidad de las páginas web de las oficinas de farmacia para la venta de medicamentos humanos no sujetos a prescripción médica.
3. Programa de evaluación del funcionamiento y de la calidad del servicio prestado a los ciudadanos por las oficinas de farmacia.
4. Programa de evaluación del acceso a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud.
5. Programa de control de la dispensación de medicamentos en oficinas de farmacia.
6. Programa de seguimiento de la utilización fraudulenta de recetas médicas oficiales del Sistema Nacional de Salud.
7. Programa de control y seguimiento de la prescripción, dispensación y facturación de medicamentos a través de receta médica oficial del SNS.
8. Programa de seguimiento del acceso al sistema de receta electrónica desde las oficinas de farmacia.
9. Programa de control de la distribución y asignación de talonarios de recetas oficiales y evaluación de la correcta custodia de los sellos para la prescripción y talonarios de recetas.
10. Programa de control de la distribución, dispensación y utilización de medicamentos veterinarios.
11. Programa de control y seguimiento de alertas farmacéuticas.
12. Programa de inspección y control de productos sanitarios y productos cosméticos.
13. Programa básico de inspección de los establecimientos y secciones de óptica.
Se deben destacar las siguientes actuaciones que pretenden ser objeto de inspección, de cara a que el farmacéutico pueda prepararse para posibles inspecciones:
1. El control y supervisión de la gestión de medicamentos estupefacientes.
2. Los depósitos de medicamentos, en particular los gestionados en centros veterinarios y clínicas de estética.
3. El acceso de los usuarios (especialmente de los colectivos sensibles por sus condiciones sanitarias o sociales) con criterios terapéuticos, de uso racional y en condiciones de transparencia, calidad y eficiencia, a la prestación farmacéutica.
4. La dispensación de medicamentos susceptibles de desvío a otros usos, sometidos a condiciones especiales de seguimiento y control por sus características terapéuticas o sobre los que se detecten pautas inusuales en la distribución.
5. La vigencia y actuación dentro de los límites recogidos en el contenido de las autorizaciones emitidas, incluyendo entre ellas las relativas a las diferentes secciones de las oficinas de farmacia, específicamente las destinadas a actividades de óptica, ortopedia y audioprótesis.
6. El acceso al sistema de receta electrónica sin utilizar la preceptiva tarjeta sanitaria del usuario, las situaciones en que, sin concluir las dispensaciones a través de receta electrónica, se bloquea el acceso a la medicación.
7. El funcionamiento de los sitios web de las farmacias, en particular, los utilizados para la venta de medicamentos no sujetos a prescripción, sean de uso humano o veterinarios.
8. El seguimiento de las alertas farmacéuticas generadas por la AEMPS en relación con la calidad, seguridad o comercialización ilegal de medicamentos, productos sanitarios o cosméticos.
9. La elaboración y dispensación de fórmulas magistrales y preparados oficinales.
10. La atención a denuncias sobre supuestas irregularidades, quejas y reclamaciones presentadas por los usuarios.
Si crees que tu farmacia NO está preparada para superar con éxito una inspección de Sanidad, contáctanos en info@umbraconsulting.es.